La Consejería de Fomento e Infraestructuras informó a los vecinos de Archena de los requisitos para optar a la próxima convocatoria de ayudas para la rehabilitación y reconstrucción de las viviendas comprendidas en el Área de Renovación y Regeneración Urbana y Rural (Arru) del municipio, que se aprobó el año pasado.
Las subvenciones públicas irán destinadas a financiar tanto actuaciones de reconstrucción como mejora de conservación, eficiencia energética y accesibilidad, además de obras de seguridad en las viviendas. Estas ayudas están enmarcadas en el Plan de Vivienda de la Región de Murcia 2018-2021.
El director general de Ordenación del Territorio, Arquitectura y Vivienda, José Antonio Fernández Lladó, junto con técnicos de su departamento compartió ayer una jornada técnica con los vecinos de la localidad, donde les informó de la documentación que tendrán que presentar, una vez que se publique la convocatoria de ayudas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y que está ultimando la Consejería de Fomento e Infraestructuras.
"Dispondrán de un mes para presentar la solicitud de subvención, por lo que es conveniente que vayan preparando la información requerida antes de que se publique la convocatoria", manifestó el director. Podrán beneficiarse de estas ayudas para la mejora de las condiciones de sus viviendas los vecinos de los barrios Río Sol, La Providencia, Pago de Barranco, La Serretilla, Las Arboledas, La Algaida, El Otro Lao, El Hurtado, Torre del Junco y la Mayoraja.
Además, existen otras viviendas que podrán ser beneficiarias de las ayudas para su reconstrucción. Según el convenio del Arru de Archena, el plazo para la reconstrucción de las viviendas finalizará en junio de 2021, mientras que el resto de obras de mejora deberá concluir el 30 de octubre de 2020.
Documentación
Los solicitantes de subvenciones para la rehabilitación de sus viviendas deberán aportar un informe técnico de fecha anterior a la solicitud de la ayuda que acredite la necesidad de la actuación, firmado por un técnico competente. Cuando la actuación se realice en un edificio de tipología residencial colectiva y tenga más de 50 años, el informe técnico será el informe de evaluación de edificios.
Además, se deberá presentar el proyecto o memoria de las obras a realizar. Cuando las obras requieran proyecto, se aportará con los visados preceptivos. Cuando las actuaciones no exijan proyecto, será necesario justificar en una memoria suscrita por técnico competente la adecuación de la actuación al Código Técnico de la Edificación y demás normativa de aplicación.
Respecto a las ayudas para la reconstrucción, el solicitante deberá de presentar la referencia catastral del inmueble y de cada una de las viviendas para las que se solicita la ayuda, así como el proyecto de reconstrucción del inmueble suscrito por un técnico, con los visados preceptivos.
En ambos casos, deberá incluir el presupuesto de la actuación desglosado, con identificación de las unidades de obra, su precio unitario y la medición correspondiente. No se incluirán impuestos, tasas o tributos.